SÍNDROME DE DELIRIO AGITADO E INTERVENCIÓN POLICIAL

Si preguntamos a cualquier persona que nos encontremos por la calle, sin relación con las fuerzas y cuerpos de seguridad o servicios sanitarios, sobre qué es esto del síndrome de delirio agitado (S.D.A. en lo sucesivo), muy probablemente no obtengamos una respuesta precisa. Es normal. Lo que no deberíamos considerar tan normal es que ocurra exactamente lo mismo cuando la persona interrogada es miembro de las fuerzas y cuerpos de seguridad.

Policías entrenando intervenciones con individuos con S.D.A.

Podría parecer que esto del S.D.A. es un nombre o etiqueta más de esas que hoy en día nos gusta poner a fenómenos o cuestiones con las que hemos lidiado toda la vida, pero sin tan pomposas denominaciones. Por ejemplo, todos los que estudiamos en la EGB teníamos un amigo o compañero travieso, nervioso y poco aplicado en clase al que hoy catalogarían de hiperactivo y sus padres tendrían que gastar una fortuna en psicólogos para tratarlo. Por aquel entonces, el “tratamiento” era más directo y barato y el mal no tenía un nombre tan científico. En este caso, cuando hablamos del S.D.A, efectivamente no estamos hablando de algo nuevo que nunca haya existido, de hecho, a medida que lo vayamos describiendo muchos recordarán actuaciones y servicios en los que se enfrentaron a individuos que lo estaban padeciendo. Lo que sí es nuevo es que afortunadamente cada vez hay más información al respecto e interés por parte de aquellos que han de intervenir en estos supuestos por aprender a identificarlo y saber cómo actuar. Estos primeros intervinientes no son otros que los patrulleros a pie de calle de cualquier cuerpo policial. Una vez más.

Tiene por lo tanto la cuestión mucha más trascendencia que la mera denominación atractiva o llamativa de un asunto, en tanto en cuanto es la herramienta que abre la puerta al estudio y conocimiento de un fenómeno que puede acabar con la muerte súbita del que lo padece, por lo general tras un uso de la fuerza por parte de los policías intervinientes. Sería una muerte de las denominadas “muerte en custodia”, que a grandes rasgos son las que se producen cuando el individuo está custodiado por policías o médicos. Bienvenido sea pues este nombre por rimbombante que pueda resultar si va a servir para prevenirnos de los riesgos que este tipo de actuaciones conllevan en este caso para los policías que intervienen.

Haremos una muy breve aproximación histórica que nos ayudará a entender el fenómeno:

-1849: Se acuña el término “Manía de Bell” (en honor al doctor que lo formuló, el Dr. Luther Bell) para referirse al conjunto de signos detectables en pacientes psiquiátricos que fallecían inexplicablemente.

– Mediados de los 80 del siglo pasado: Empiezan a darse muertes en personas aparentemente sanas que describen los mismos síntomas que se dan en la Manía de Bell, asociándose estos casos al consumo de drogas de abuso, en especial cocaína, y a la restricción física de movimientos (ya sea aplicada por policías o sanitarios).

Aparecen los términos delirio agitado, psicosis confusional o psicosis tóxica, ente otros. Todos ellos describen fallecimientos súbitos de personas que tras protagonizar un comportamiento caracterizado principalmente por una excitación mental y fisiológica extremas, con gran agitación, hipertermia, hostilidad, verbalizaciones incoherentes, fuerza excepcional y resistencia sin aparente fatiga; padecieron un paro cardiorrespiratorio fatal, asociado a una intervención policial con restricción física de los movimientos, estando especialmente presente la utilización de la técnica de restricción de movimientos “hogtying”.

Técnica de restricción de movimientos denominada «hogtying»

Vemos pues que la cuestión no es nueva, ni siquiera su denominación lo es.

El desconocimiento de este fenómeno nos puede pasar factura, durante y después de la intervención, ya que como hemos mencionado la conclusión puede resultar fatal, principalmente para la persona que padece el síndrome de delirio agitado, ya que no hemos de perder de vista que la muerte en estos casos no tiene una etiología forense evidente, clara y unívoca, lo que conducirá el punto de mira del reproche penal sobre lo que ha sucedido en los momentos previos a la muerte, lo que por desgracia suele coincidir con una intervención policial en la que ha sido preciso el uso de la fuerza por parte de la policía. Es decir, ante los síntomas del brote: Alteración, violencia, exaltación, agresividad, irracionalidad… la policía es requerida y actúa. Después de dicha intervención y no como causa directa de esta, el individuo fallece. Por esto es imprescindible que los policías conozcan este fenómeno, 1º para guiar sus pasos durante la actuación y 2º para documentar o diligenciar su actuación sabiendo enfatizar la patología previa a la intervención que padecía el individuo, lo cual es especialmente necesario por lo poco conocido que a día de hoy es este fenómeno, no solo entre los policías, sino también entre quienes nos tienen que juzgar.

Si bien hemos dicho que la actuación policial no es la causa directa de la muerte de individuos con S.D.A., sí que puede haber aspectos de la intervención que influyan negativamente en el desenlace fatal. Por todo ello, este texto pretende dar unas nociones sobre cómo reconocer un S.D.A. y actuar en consecuencia de la mejor manera posible, para este segundo aspecto las que serían las recomendaciones (no me atrevo a hablar de protocolo) de intervención, no hay que inventar nada, basta con mirar allí donde ya llevan tiempo formando a sus agentes y allí si, protocolarizando este tipo de intervenciones, así por ejemplo podemos encontrar fácilmente en internet el protocolo implantado en el departamento de policía de Champaign (Illinois) o en la policía de Seattle, ambos serian fácilmente extrapolables a nuestras policías, es mas una cuestión de interés que de dificultad.

Policías tratando de controlar a un individuo violento

Pero antes de hablar de cómo actuar, hablaremos de cómo reconocer un caso de S.D.A. Para ello, una vez más acudiremos a literatura del otro lado del charco, pero esta vez del país de más al norte, de Canadá, donde Simon Baldwin dirigió un estudio para su trabajo de doctorado en psicología por la Universidad de Carleton (Canadá) en el que participó entre otros un miembro de la Policía Montada. Sin duda, recomiendo su lectura a aquellos que quieran profundizar en el conocimiento del S.D.A. pues está lleno de datos interesantes, de hecho, para este artículo yo me sirvo de la recopilación de sintomatología que en base al estudio de gran número de casos reales se establece en dicho estudio y que es la siguiente:

  • Tolerancia al dolor
  • Actividad Constante (desplazamiento y movimiento irracional)
  • Falta de respuesta a la presencia de la policía
  • Fuerza excepcional
  • Respiración rápida
  • Ausencia aparente o gran retardo de la fatiga
  • La desnudez o ropa inadecuada. (Sienten un calor extremo.)
  • Abundante sudoración
  • Excepcional calor del cuerpo
  • Atracción / destrucción de vidrios y cristales

Al listado elaborado por Baldwin cabe añadir otro síntoma también bastante contrastado y frecuente en la casuística, como es la irracionalidad general que se materializa en una verborrea incoherente y carente de sentido llegando a convertirse en simples ruidos o sonidos guturales.

Algunos de estos síntomas se pueden confundir con una intoxicación alcohólica o por drogas, de hecho, el consumo de drogas principalmente cocaína, esta en el origen de muchos casos de S.D.A. pero ni todo consumo de drogas deriva en S.D.A. ni en todo S.D.A. existe consumo de sustancias.

A esta sintomatología podemos añadir de cara a ser capaces de identificar un supuesto de S.D.A., un “perfil tipo” de la persona que puede sufrirlo, con toda la precaución que hay que tener a este respecto, pues si bien sí que existe un perfil estadísticamente recurrente, este no es único ni excluyente. Esta perfilación tiene su origen en el estudio de casos sucedidos en nuestro país, concretamente en Andalucía entre 2003 y 2009 donde según el trabajo de Fernando Martín CazorlaIgnacio Miguel Santos AmayaValentín Ramos MedinaLeticia Olga Rubio Lamia y José Luis Palomo Rando, el perfil de las victimas era el de un varón joven (una media de 38 años) , obeso y consumidor de drogas, especialmente cocaína.

Ya tenemos pues una buena base para identificar un supuesto de S.D.A. ahora abordaremos la faceta operativa, es decir cómo actuamos ante él, para ello y teniendo en cuenta la sintomatología del individuo la actuación debe seguir tres premisas:

El sujeto muere por fallo cardiorrespiratorio. El momento del control y contención debe ser lo mas breve posible y utilizando la mínima fuerza imprescindible (menudo topicazo, pero así es), aunque hay que asumir que en gran numero de ocasiones “la mínima fuerza imprescindible” es mucha, pero es la necesaria. Evitar siempre las estrangulaciones.

Irracionalidad: El individuo es incapaz de actuar de un modo racional por lo tanto las técnicas de control verbal difícilmente van a surtir efecto, en cambio al contrario una excesiva violencia verbal o incluso un tono demasiado elevado si que puede desencadenar una reacción aún mas violenta en el individuo.

Falta de sensibilidad al dolor: Llegado el momento de la contención física las luxaciones y la incidencia sobre puntos de presión no surtirán el efecto deseado y pueden producir unas lesiones que pueden dificultar el desvincular la actuación policial de un posible fatal desenlace.

Partiendo de estas bases, la actuación podría desarrollarse siguiendo las siguientes recomendaciones:

Lo normal es que el servicio nos entre como un requerimiento de seguridad ciudadana, una vez personados si detectamos síntomas que nos inducen a pensar que estamos ante un caso de S.D.A. reclasificar inmediatamente como servicio sanitario, y en consecuencia requeriremos la presencia de personal sanitario.

Hasta la llegada del personal sanitario trataremos de controlar la situación, evitando en la medida de lo posible la contención física.

Utilizaremos un tono de voz y lenguaje tranquilizador (ejemplo: tranquilo estamos aquí para ayudarte etc.) Si bien hemos dicho que la conducta será irracional y lo normal es que no reaccione a nuestras palabras, este proceder es beneficioso en una doble vertiente: De un lado hemos dicho que puede no reaccionar a palabras correctas y adecuadas, pero si es muy probable que el individuo aumente su nivel de violencia ante lo que pueda percibir como una amenaza. De otro lado ante un episodio tan violento y llamativo como es este, es muy probable que existan testigos en la escena, por lo tanto, estos podrán corroborar nuestro correcto proceder en una hipotética manifestación en sede judicial.

Simulación de una contención física con 4 agentes

Lo idóneo es que actúen un mínimo de 4 agentes, siendo 5 lo mejor, de manera que llegado el momento de tener que contener cada uno actúe sobre una extremidad y el quinto sobre la cabeza, pero siempre de manera coordinada y con agarres y controles directos, prescindiendo como ya se ha mencionado de luxaciones y puntos de presión. Por supuesto evitaremos también técnicas de estrangulación. Difícilmente conseguiremos esta coordinación si no se entrena antes, en cualquier caso, el responsable de la intervención debe dar las ordenes oportunas, (momento de proceder, parte del cuerpo sobre la que actúa cada uno etc). Necesitaremos a alguien que decida y lleve la iniciativa.

Policías controlando extremidades y con individuo en decúbito supino

En la medida de lo posible la contención debe realizarse de manera coordinada con los servicios médicos, para minimizar el tiempo de esta, de manera que por ejemplo los sanitarios tengan preparada la inyección que tienen que suministrar o la camilla con restricción de movimientos. Dependiendo de como se vaya a proceder los sanitarios pueden necesitar al individuo en decúbito supino, en tal caso si fuese preciso tras llevarlo al suelo se mantendrá en esta postura y con los policías manteniendo el control del miembro asignado para así mantenerlo inmovilizado.

Policías coordinados con personal sanitario utilizando una camilla con restricción de movimiento

Si la contención física acaba con el engrilletamiento, sabemos que este debe producirse en decúbito prono, esta posición debe mantenerse solo por el tiempo mínimo imprescindible, el engrilletamiento se efectuará con doble grillete para minimizar la torsión de brazos y en consecuencia la extensión de la musculatura torácica. En cuanto se haya concluido el engrilletamiento se sentará al individuo.

Individuo sentado tras su engrilletamiento
Detalle del uso del doble grillete

No se debe perder el contacto visual con el individuo aún después de controlado, ni en el traslado a dependencias ni en su custodia en dependencias (bien existan calabozos o no) y en la medida de lo posible debe haber mas de un agente al cuidado y pendientes de síntomas externos del individuo, respiración, sudoración, sofocación…

Como hemos dicho el caso se tratará como un servicio sanitario y como tal la prioridad será la integridad del individuo, por lo tanto, lo ideal sería que debidamente custodiado fuera trasladado en ambulancia hasta un centro hospitalario.

En la medida de lo posible considero especialmente aconsejable la grabación de la intervención.

Otra cuestión muy recomendable es hacer la aproximación final al lugar del incidente con las sirenas y luces prioritarias del vehículo apagadas, a fin de evitar que aumente la excitación y violencia del individuo. Esto será complicado para la primera patrulla que todavía no sabe a lo que se enfrenta, pero no tanto para las patrullas que acudan en apoyo si los primeros en personarse participan la información.

En caso de que el individuo se encuentre armado (según el estudio de Baldwin, aproximadamente un 40 % lo estarán con “armas de oportunidad”, es decir objetos o herramientas encontradas a su paso) habrá que adecuar el nivel de fuerza al tipo de arma y al riesgo que suponga para los policías y terceras personas. A nivel personal en la medida de lo posible priorizaría el uso del descargador eléctrico.

Será importante recabar la filiación de testigos y del personal sanitario, así como consignar en las diligencias todas las circunstancias que se dieron en la actuación con máximo detalle, incluyendo la re-clasificación de la intervención como sanitaria, requerimiento de los sanitarios (hora del aviso, hora de personamiento, intervención de estos…)

Individuo sentado tras engrilletamiento, controlado por 4 agentes mientras intervienen los sanitarios

Todas estas recomendaciones, no dejan de ser eso: RECOMENDACIONES. En ningún caso pretenden ser un protocolo de actuación, del cual pienso debería dotarse cada cuerpo, si bien sería estupendo que dicho protocolo fuese único no solo a nivel de fuerzas y cuerpos de seguridad, sino también compartido con el personal sanitario, al menos el que presta servicio en ambulancias, pues ello facilitaría enormemente el trabajo y permitiría por ejemplo que cuando lleguen cuatro uniformados al lugar con independencia del color de su uniforme puedan coordinarse e intervenir con seguridad y profesionalidad. De igual modo ocurriría si el personal sanitario supiera de antemano cuál va a ser nuestro proceder ante un caso así, cada uno sabría cuál es su papel y función redundando en un servicio más seguro para todos.

Luis Trejo Delgado. Ultima Ratio Formación Policial.

ultimaratioformacion@gmail.com

Descárgate el resumen del S.D.A. en pdf

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2s Comentarios

  1. Avatar

    Juan Manuel López Novas

    Decir «tranquilo» pone a alguien màs nervioso y el nidecúbito prono ni el atado de cerdo (hogtying) son màs peligrosos pal sospechoso

    Responder

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